Suministro Inmediato de Información del IVA (SII)
¿Qué es el SII?
Gestión electrónica del IVA
El sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) es el nuevo modelo que pondrá en marcha la Agencia Tributaria para la gestión electrónica del IVA. Su principal novedad está basada en la información en tiempo real de las transacciones comerciales. Esta nueva normativa exige que las empresas presenten y declaren el detalle de las facturas emitidas y recibidas, en un plazo que no debe superar los 4 días naturales.
¿Cuándo se aplica?
A partir del 1 de Julio de 2017 comenzará la aplicación obligatoria de este sistema tanto para aquellos sujetos pasivos incluidos de forma obligatoria, como para aquellos que opten voluntariamente.
¿Cómo funciona?
Los sujetos pasivos acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) están obligados a llevar a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, los siguientes Libros Registro:
Para ello, deben remitir a la AEAT los detalles sobre su facturación, con cuya información se irán configurando casi en tiempo real los distintos Libros Registro. |
El envío de esta información se realizará por vía electrónica, concretamente mediante Servicios Web basados en el intercambio de mensajes XML. La estructura de este envío tendrá una cabecera común con la información del titular de cada libro registro, así como la información del ejercicio y período en el que se registran dichas operaciones. A esta cabecera le acompañará un bloque con el contenido de las facturas. El suministro electrónico de los registros de facturación se realizará a través de un formulario web cuando se trate de sujetos pasivos que lleven a cabo pocas operaciones o cuando se quieran remitir los registros de facturas concretas de forma aislada. |
Plazos
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Durante el segundo semestre del año 2017 el plazo anterior de 4 días se amplía a 8 días naturales. NOTAS |
¿A quién le afecta?
- Grandes empresas. (Cuya facturación anual supere los 6 millones de euros).
- Grupos societarios a efectos de IVA.
- Inscritos en el REDEME. (Régimen de Devolución Mensual de IVA).
- Empresas que decidan sumarse voluntariamente a este nuevo modelo de gestión del IVA.
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